Un intento por caracterizar la violencia armada mexicana

Feb 12, 2020

José Antonio Guevara Bermúdez
Texto publicado originalmente en Animal Político

Desde diciembre de 2006, cuando Felipe Calderón le declaró la guerra a las drogas, con regularidad escuchamos en la radio, observamos en la televisión o leemos en la prensa sobre choques armados entre supuestos integrantes de organizaciones criminales o entre éstos con fuerzas de seguridad (policías municipales, estatales, federales; soldados; marinos o guardia nacional). También se han normalizado noticias sobre la muerte de personas o grupos de personas, civiles o servidores públicos en dichos enfrentamientos. Pero hasta ahora poco se dice sobre cómo entender la violencia armada que atraviesa el país.

Durante esos primeros doce años se dijo oficialmente que la violencia la producían las organizaciones criminales con gran capacidad de fuego, y que las autoridades armadas solamente repelían sus agresiones. Se trataba, para la narrativa oficial, de enfrentamientos esporádicos que no constituían un conflicto armado y que, además, los narcotraficantes tenían una finalidad comercial y no política, lo que los excluía de ser considerados como grupo armado conforme al derecho de la guerra.

Sin embargo, la llegada del nuevo gobierno ofreció la esperanza de trabajar sobre otros paradigmas. Esperanza que duró tan solo unos días ya que días antes de asumir la Presidencia, Andrés Manuel López Obrador, a través de su grupo parlamentario, presentó una iniciativa de reforma constitucional que profundizaba la militarización de la seguridad pública, respecto de los dos gobiernos previos.

Lo anterior se contradice con el reconocimiento oficial del actual gobierno de Andrés Manuel López Obrador sobre la naturaleza de la política de seguridad, sus efectos y las posibles soluciones. El propio Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 señala lo siguiente: “(…) la estrategia policial y belicista aplicada en los últimos doce años ha dejado una tragedia humana y social de dimensiones incalculables (…)”1 y la solución al problema de la violencia “(…) obliga a poner sobre la mesa soluciones aplicadas en otros países a conflictos armados”.

No obstante, en los hechos formalmente la presente administración no ha llegado a calificar la situación por la que atraviesa el país como un conflicto armado, ni tampoco ha establecido medidas adecuadas ni efectivas para que cese la violencia armada en el país. Tampoco se han dado a conocer soluciones similares a las de países en guerra. Por el contrario, hemos observado como esta administración ha desplegado enormes cantidades de soldados y marinos en varios estados del país para desempeñar tareas que no les corresponden.

Si bien conforme a los estándares internacionales aplicables no es necesario que un gobierno reconozca la existencia de un conflicto armado para que las normas que regulan la conducta de las hostilidades sean respetadas, esto es, el régimen diferenciado del Derecho Internacional Humanitario, el hecho de que exista un reconocimiento de estar atravesando un conflicto armado le permitirá a la ciudadanía saber qué esperar cuando salga a la calle; le dotaría de certeza respecto de los derechos humanos que se deben proteger y garantizar por las autoridades en todo tiempo lugar y circunstancia, así como cuáles de aquellos pueden ser restringidos y bajo qué procedimientos. Además, los organismos internacionales podrán brindar de mejor manera la asistencia humanitaria que puede necesitar la población civil y las personas que no participan directamente en las hostilidades.

Conforme a estos estándares, para poder calificar una determinada situación de violencia armada como conflicto armado interno, se deben satisfacer dos elementos, (i) que la violencia sea de intensidad suficiente y (ii) que las partes que participan en ese conflicto deban estar suficientemente organizadas.2 En un estudio reciente denominado La situación de la violencia relacionada con las drogas en México del 2006 al 2017: ¿Es un conflicto armado no internacional?, publicado por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), la Clínica de Derecho Internacional Humanitario de la Universidad de Leiden, encontró que ambos elementos de intensidad y organización se satisfacen en México.3

Este análisis, utilizando los criterios y normas internacionales aplicables, establece que para determinar que la violencia es de nivel de intensidad suficiente, algunos de los siguientes factores deberán observarse: la gravedad de los ataques; el número de enfrentamientos en el territorio en un periodo determinado; el número de víctimas; la magnitud de la destrucción material; el número de personas que se han visto forzadas a desplazarse; la movilización y la distribución de armas entre las partes; el tipo de armas empleadas, entre otros. La investigación de la Universidad de Leiden encuentra que esos elementos se han reunido en diferentes partes del país, cuando se han enfrentado diversas organizaciones criminales entre sí o con las fuerzas de seguridad del Estado mexicano.

Por parte en conflicto, a su vez, se entienden los ejércitos nacionales y los grupos armados que pueden ser considerados con un nivel de organización suficiente. Para considerar que un grupo armado cuenta con dicho nivel de organización suficiente también se deben de satisfacer algunos de los siguientes elementos: existencia de una estructura de mando; normas disciplinarias dentro del grupo; cuartel sede; el control del territorio; la posibilidad de acceder a equipos militares y reclutas; capacidad del grupo para sostener operaciones con estrategias y tácticas militares; entre otros. Conforme al derecho internacional aplicable se presume que los ejércitos nacionales, esto es, del lado del gobierno, cuentan con un nivel de organización suficiente.

El estudio aludido concluye que por lo menos en los dos periodos presidenciales recientes (2006-2012 y 2012-2018) ocurrió un conflicto armado de carácter no internacional entre las fuerzas armadas mexicanas y 7 organizaciones criminales, en diferentes periodos: La Familia Michoacana; el Cártel de Juárez; el Cártel de Sinaloa; Los Zetas; Los Caballeros Templarios, el Cártel Jalisco Nueva Generación y la Organización de los Beltrán Leyva.

Sin embargo, se puede presumir que dicho conflicto continúa en la actualidad debido a que los enfrentamientos siguen presentándose y las organizaciones criminales siguen operando en gran parte del territorio del país. A manera de ejemplo, solo en 2019, a partir de un análisis de fuentes periodísticas por el equipo de investigación de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), se registraron 125 enfrentamientos en 23 estados de la República en los que al menos fallecieron 361 personas y 79 resultaron heridas. En el recuento de los enfrentamientos, la presencia de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional se registró en aproximadamente 90 casos, en los que se habla de 245 civiles muertos, mientras que las bajas de autoridades son 20. Igualmente, a lo largo del país se han registrado 8 masacres que dejaron 124 muertos, en las que autoridades participaron en 5 de ellas con un saldo de 73 muertos.

Cuadro sobre enfrentamientos con presencia de la GN y SEDENA elaborado por la CMDPDH (2020).

Es imperante que la sociedad mexicana reconozca que la situación de violencia armada por la que atraviesa México puede ser considerada como un conflicto armado interno y que exija a las autoridades que abran las puertas a todas las instituciones humanitarias, con miras a que puedan trabajar de manera coordinada y eficaz en beneficio de la población civil, particularmente para atender a quienes se ven más afectados por el conflicto, incluidos heridos, enfermos, desplazados internos, personas desaparecidas, migrantes, etcétera. Calificar la situación como conflicto armado de carácter no internacional también permite que los crímenes de guerra que se hubieran cometido puedan ser investigados, procesados y castigados por los tribunales competentes, tanto nacionales como internacionales.

* José Antonio Guevara Bermúdez (@JoseAGuevaraB) es Director Ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (@CMDPDH).

1 DECRETO por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Pública del Gobierno de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019, P. 8

2 Al respecto véase aquí.

3 Disponible aquí.

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