Texto publicado originalmente en Animal Político
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su afán por conciliar la norma constitucional con la democracia participativa, resolvió que el 1º de agosto los ciudadanos debemos responder, en la consulta popular organizada por el INE, a una pregunta casi imposible de entender por ambigua –en cuanto el alcance que puede darse a cada uno de de sus diversos componentes– y general:
¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
Mucho se ha escrito en estos días, y se seguirá escribiendo, sobre lo complejo o incluso cantinflesco –han dicho algunos–de la pregunta, y cómo ésta fue la forma en la que las y los ministros quisieron evitar que la consulta se convirtiera en un linchamiento político y salvar el estado de derecho, modificando la pregunta original, planteada por el presidente de la República, en la que se pretendía someter a referéndum la aplicación de la justicia.
En una entrevista reciente al diario El País 1, el propio ministro Zaldívar ha afirmado la intención, camuflada ciertamente en el lenguaje de la pregunta, de someter a la ciudadanía la posibilidad de establecer una “…especie de comisión de la verdad, (y apelar) a instrumentos no jurisdiccionales que pudieran generar una salida a conflictos y sucesos dolorosos para el país. (…) Los procesos judiciales no se consultan, pero sí se puede consultar a la gente si quiere o no que se lleven a cabo procedimientos de investigación o de sanación nacional. De justicia transicional. (…) Cuando en un país se generan procesos de descomposición como los que hemos tenido, en algunos casos muy dolorosos, creo que este tipo de instrumentos no procesales pueden servir. Las comisiones de la verdad, por ejemplo, en ciertos casos, pueden ser útiles. También hay un derecho a la verdad, no todo es castigar a alguien con pena de prisión y no todo es la responsabilidad penal. También hay responsabilidades políticas y éticas. Y a eso atiende sobre todo la pregunta de la consulta”.
Algunos colectivos de víctimas, organizaciones de derechos humanos, y el propio Ejército Zapatista de Liberación Nacional, hemos leído el mensaje de la Corte como una oportunidad para volver a plantear la urgente necesidad de esclarecer, en un proceso de verdad, las innumerables atrocidades producidas por decisiones políticas, que han sido tomadas a lo largo de varias décadas, y que, huelga decirlo, se mantienen impunes. Esto en el entendido que ni la verdad ni la justicia dependen de una consulta, pues son derechos inalienables de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos.
Abusos y atrocidades hay muchos y de larga data. Vienen a la mente la represión a los maestros y ferrocarrileros, y el asesinato de Rubén Jaramillo con López Mateos; la sangrienta represión a los movimientos estudiantiles en el gobierno de Díaz Ordaz; el 10 de junio y la Guerra Sucia contra grupos insurgentes del tiempo de Echeverría, continuada en el sexenio de López Portillo, a la que se agregó el Plan Cóndor, antecedente de la “Guerra contra las Drogas” de Felipe Calderón y Peña Nieto, para nombrar sólo algunos de los más lejanos. Los demás, de todos conocidos, se han ido acumulando y potenciando en los últimos cuarenta y tantos años, para “normalizarse” en la actualidad.2
Ciertamente es indispensable llevar a cabo un ejercicio serio de esclarecimiento de toda esta historia si queremos romper la cadena de violencia e impunidad que nos aflige y que tantas víctimas ha producido y sigue produciendo. En el caso de que fructificara el objetivo que las y los integrantes de la Corte buscaron preservar, esto es, no poner barreras injustificadas al derecho a la democracia participativa, y el resultado de la consulta fuera positivo y vinculante, habría que definir con mayor precisión temas como el periodo posible que pudiera abarcar un proceso de verdad; qué vamos a entender por “actores políticos”; cómo asegurar que la consulta impulse las obligaciones del Estado mexicano para prevenir, investigar, sancionar y reparar estos hechos; a través de qué mecanismos concretos y, finalmente, qué podemos entender por “proceso de esclarecimiento histórico”.
A la fecha la Corte no ha clarificado ni definido el alcance de estas preguntas, a pesar de que se han presentado solicitudes judiciales al respecto. No obstante, los principales actores involucrados en el procedimiento, como pudiera haber sido el Ejecutivo, a quien le cambiaron toda la formulación de la pregunta que inicialmente tenía en mente, o el INE, en quien recae socializar y difundir la pregunta, tampoco activaron formalmente mayores acciones de clarificación. Esto implicaría o que tienen muy claro el sentido de la pregunta o también que prefirieron omitir que se dote de contenido a tan compleja formulación.
Nuestro país ha tenido varios procesos aislados de esclarecimiento de hechos atroces y violaciones graves de derechos humanos. Destacan entre ellos los informes de la propia Suprema Corte, elaborados con fundamento en el artículo 97 de la Constitución, que la facultaba para investigar violaciones graves a las garantías individuales, y que se modificó en el 2011, para otorgársela a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien lo ejerció en varios casos. El primero de estos informes, por cierto, data de 1946 y refiere una masacre de simpatizantes del PAN en la ciudad de León, Guanajuato. Asimismo, hemos tenido dos comisiones de la verdad, una para el esclarecimiento de los crímenes cometidos por el gobierno, y sobre todo el Ejército, contra la población civil en el marco de la Guerra Sucia en el Estado de Guerrero, y otra en el Estado de Oaxaca, para investigar y esclarecer los hechos represivos ocasionados con motivo de las movilizaciones populares, conducidas por la APPO (Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca) en el 2006. La apertura de los archivos de la extinta Dirección Federal de Seguridad por el gobierno de Fox alentó varios ejercicios de esclarecimiento por parte de periodistas y académicos en su momento. Asimismo, la fallida FEMOSPP (Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado) produjo un informe sobre la represión en Guerrero que se hizo público brevemente, antes de que la propia Procuraduría General de la República lo secuestrara e inhabilitara a sus autores, también en el año de 2006.
De entonces a la fecha, una robusta cantidad de periodistas de investigación, académicos e investigadores, cineastas y organizaciones de la sociedad civil han realizado esfuerzos importantes de memoria y esclarecimiento de atrocidades cometidas recientemente en el marco de la política de combate al narcotráfico y los conflictos producidos entre bandas de delincuencia organizada. Algunos de ellos contaron con el apoyo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y otros se presentaron a organismos internacionales como la Corte Penal Internacional (CPI). Y, desde luego, no podemos dejar de lado la importantísima aportación de organizaciones como el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) y del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), nombrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el caso de los cuarenta y tres estudiantes normalistas agredidos y desaparecidos en septiembre de 2014 por las fuerzas de seguridad en Iguala, antecedente inmediato de la actual Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia para el caso de Ayotzinapa, creada por el actual gobierno a principios de 2019.
A pesar de todos estos esfuerzos –todos ellos valiosos, pero aislados y generalmente menospreciados– aún no contamos con una narrativa coherente, clara y consistente de las causas, motivos y consecuencias de este legado masivo de abusos graves a los derechos humanos que padecemos y que ha generado una situación de violencia criminal endémica, así como miles de víctimas. Como dijo el antropólogo e historiador, Claudio Lomnitz, en su lección inaugural ante El Colegio Nacional, carecemos “…de una narrativa o épica en que se puedan reconocer, lamentar e ir sanando estos ultrajes”.3
Esto es gravísimo por muchas razones, pero fundamentalmente porque abona a la ausencia de sanción de estos hechos atroces, con lo cual las conductas que los permitieron, se seguirán reproduciendo. La impunidad es un incentivo poderoso para la repetición de conductas criminales, y en México ésta es activa, estructural y sistémica.
Por ello es necesario establecer una comisión de la verdad para nuestro país. En primer lugar, porque el sistema de justicia, por muchas razones, ha sido incapaz de proveer un mínimo aceptable de ésta para estos crímenes y agravios. La verdad no suple a la justicia, pero es un primer paso para obtenerla. Cuando los crímenes graves se convierten en la regla y no la excepción, ningún sistema de justicia puede resolverlos adecuadamente, y en casos como el mexicano, en donde ésta ha sido abandonada por los sucesivos gobiernos, esto es aún más claro. Por ello, las medidas judiciales deben acompañarse de otras, como son la búsqueda de la verdad, la reparación integral del daño, y las garantías de no-repetición. Todos éstos son, además, derechos de las víctimas consagrados en la ley.
Esa es una precisión que vale la pena hacer: el apelativo a una comisión de la verdad no descansa en la idea de rendirse a lo que puede hacer un sistema de justicia penal ordinario, o deriva en apostar con confianza ciega en medidas extraordinarias, simplemente porque las respuestas ordinarias no han producido los resultados esperados. Significa, más bien, apostar a que –en contextos de fallas estructurales del sistema– una comisión de la verdad puede entregar explicaciones de esclarecimiento que los sistemas de justicia no pueden (porque no es su vocación, pero también porque existen circunstancias de voluntad política que les impiden funcionar a cabalidad) y, desde ahí, trazar una hoja de ruta de mejoras institucionales y acciones de justicia.
Los esfuerzos aludidos, hasta ahora aislados, se refieren al esclarecimiento de hechos específicos. Son muy valiosos, pero insuficientes, pues no ofrecen una visión clara y coherente de una situación de carácter sistémico. A la larga, están destinados a producir otros esfuerzos recurrentes, entre otras razones, para suplir el carácter limitado de los que los antecedieron, y así sucesivamente. Es tiempo de corregir esta tendencia y de contar, de una vez por todas, con un órgano oficial con un mandato claro y específico en donde las víctimas estén en el centro, con una duración determinada previamente, con un enfoque nacional o regional, según se decida, y con la capacidad de hacer recomendaciones que se cumplan efectivamente, capaces de remediar los abusos y prevenir su recurrencia.
Enfrentar violaciones graves, masivas y sistemáticas de derechos humanos es una tarea sumamente difícil. Es necesario preservar equilibrios políticos delicados, para lo cual se requiere de apoyo y voluntad política. Estos problemas generalmente son demasiado difíciles y complejos para ser abordados por una sola iniciativa. Es necesario combinar mecanismos de esclarecimiento y rendición de cuentas como la justicia, con medidas de reparación y reformas institucionales. Cada una de estas medidas, aplicadas por sí solas, y en forma aislada, pueden resultar ineficaces y hasta contraproducentes. Por ello deben diseñarse para que éstas se puedan complementar y generar sinergias.
Esto es, en suma, la justicia transicional cuyo objetivo central es el fortalecimiento de la democracia y el logro de la paz. Estas metas sólo se alcanzan cuando la sociedad se apropia de ellas. De ahí que la consulta y la participación sean esenciales para su funcionamiento efectivo.
1 Arturo Zaldívar, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: “En ningún sexenio se han dictado más resoluciones en contra de un gobierno”, El País, México, 10 de julio de 2021.
2 Para una pequeña muestra de atrocidades más recientes, consultar #LaPreguntaCorrecta.
3 “México: el tejido roto”, Nexos, abril de 2021, No. 520, Año 44, Volumen XLIII, p. 46.